El 86% de las empresas no inicia acciones de recobro al vencimiento de una factura

Solo el 14% de las empresas españolas inicia acciones de recuperación al vencimiento de la factura de acuerdo con el Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito que impulsan Crédito y Caución e Iberinform.

Redacción ‘MS’- El tiempo es el mayor enemigo de la eficacia en la recuperación de deudas. Sin embargo, sólo el 14% de las empresas españolas inicia acciones de recobro al vencimiento de la factura, de acuerdo con los datos recogidos en la oleada de otoño del Estudio de la Gestión del Riesgo de Crédito en España que impulsan Crédito y Caución e Iberinform. Aunque esta cifra refleja un cierto endurecimiento de las acciones de recobro frente a los valores de hace un año, sigue siendo uno de los porcentajes más bajos de la serie histórica, que llegó a alcanzar el 21% en 2016. Las empresas que otorgan a sus clientes plazos adicionales superiores a los 90 días antes de poner en marcha estos procesos suponen un significativo 32% del total.

La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se imponen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, reconoce el derecho de los proveedores a reclamar intereses de demora si los clientes retrasan el pago de sus facturas. Sin embargo, el porcentaje de empresas que renuncia totalmente a la aplicación de estos intereses se sitúa en el 56%. Solo el 7% de las empresas es sistemático a la hora de ejercer su derecho.

Entre quienes aplican estos intereses de demora, que surgen automáticamente sin necesidad de preaviso o requerimiento al cliente, la oleada de otoño muestra que solamente el 3% de las empresas los reclama por encima del tipo de interés que, en defecto de pacto, marca la Ley.