Redacción ‘MS’- Tras el gran apagón que afectó este lunes a amplias zonas del territorio español, el Colegio de Mediadores de Seguros de Madrid ha querido aclarar los plazos para presentar reclamaciones ante posibles daños cubiertos por pólizas de seguro, especialmente en el ámbito de hogar, comercio, oficinas y comunidades de propietarios.
La entidad recuerda que, según establece el artículo 16 de la Ley de Contrato de Seguro, el plazo de siete días para comunicar un siniestro comienza a contar desde el momento en que el asegurado tiene conocimiento del daño, y no necesariamente desde el momento en que se produce el hecho causante, en este caso, el corte generalizado del suministro eléctrico.
Además, si se presenta la declaración fuera de plazo la compañía no puede negarse a indemnizar el siniestro por esta causa. El incumplimiento de este deber, sólo permitiría a la aseguradora reclamar los daños y perjuicios que la falta de declaración le hubiese causado, siempre cuando pruebe culpa o dolo del tomador/asegurado.
Es decir, se puede presentar la declaración del siniestro fuera de este plazo sin que traiga mayores consecuencias para el asegurado, aunque por supuesto es recomendable hacerlo cumpliendo los 7 días.
Posibles daños cubiertos
El corte de luz masivo podría haber generado pérdidas o daños diversos, como averías en electrodomésticos y sistemas electrónicos, desperfectos en cámaras frigoríficas, pérdidas de alimentos, o incluso interrupciones de actividad en pequeños negocios. En este contexto, el Colegio de Madrid recomienda revisar detenidamente las condiciones particulares de cada póliza, especialmente en lo relativo a: daños eléctricos, lucro cesante (existencia de posibles franquicias temporales), asistencia en el hogar o negocio y reclamación de daños a terceros responsables, si procede
Importancia de contar con asesoramiento profesional
Desde el Colegio se subraya la importancia de acudir a un mediador de seguros colegiado para valorar adecuadamente la cobertura contratada y orientar al asegurado en el proceso de reclamación. “En este tipo de situaciones excepcionales, el papel del mediador es clave para proteger los intereses del cliente y agilizar cualquier trámite con la aseguradora”, señalan desde la institución.
«El Colegio de Madrid está a disposición de ciudadanos, profesionales y medios para resolver cualquier duda relacionada con reclamaciones derivadas del apagón, y recuerda que los mediadores colegiados están formados para ofrecer asesoramiento experto, imparcial y cercano«, concluye el reciente comunicado del Colegio.