Cinco cuestiones legales que necesitas saber si participas en la Lotería de Navidad, según DAS Seguros

Redacción ‘MS’- El próximo martes 22 de diciembre el Teatro Real de Madrid acogerá, como cada año, la celebración de la Lotería de Navidad. 2020 ha sido un año marcado por el COVID-19, y la pandemia también trae algunas novedades al sorteo más esperado del año. En esta ocasión, no habrá público y las mascarillas serán las protagonistas. No obstante, el formato no cambiará. Durante casi tres horas y media los famosos niños de San Ildefonso repartirán suerte y cantarán los números ganadores del Sorteo Extraordinario de Navidad.

Cada ciudadano se gasta, según la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), una media de 450 euros al año en juegos de azar. En España, la reina de este tipo de juegos es la Lotería de Navidad, con una participación del 90% de los ciudadanos. Ahora que el sorteo está a la vuelta de la esquina, Expertos de DAS Seguros explican cinco cosas que debes tener en cuenta si has comprado un décimo o participación. 

El décimo es al portador

Para cobrar un décimo de lotería no basta solo con tenerlo, sino que se pagan al portador; es decir, quien recibe el premio es quien lo tiene en su poder. Por ello, profesionales de DAS Seguros aseguran que, si se pierde el décimo, o si alguien lo roba, es necesario poner una denuncia al acto. “La denuncia tiene que ser tan detallada como sea posible y, en medida de lo posible, será necesario incluir fotografías o fotocopias del décimo”, afirman. Del mismo modo, también es necesario especificar los datos que identifiquen la serie, la fracción y el sorteo. Sin embargo, desde DAS Seguros ponen énfasis en notificar, también, la denuncia por escrito a Loterías y Apuestas del Estado, con el fin de poder reclamar al juez una orden para frenar el pago, en caso de que el premio supere los 5.000 euros. Para ello, se recomienda tener una relación de toda la lotería que hemos comprado, incluso fotografía de los décimos y participaciones.

Los premios tienen fecha de caducidad

Una vez se saben los números agraciados del Sorteo de Navidad empieza la cuenta atrás y el premio se podrá reclamar durante los tres meses siguientes. Eso sí, si el premio es inferior a los 3.000 euros se podrá cobrar en la administración de Loterías el mismo 22 de diciembre a partir de les 18:00h de la tarde. Sin embargo, si el premio supera esa cantidad, se cobrará en entidades financieras concertadas o delegaciones comerciales de Loterías. En el caso de cobrar una participación, la deberá pagar quien la realizó.

Compra online

Cada vez hay más gente que compra sus décimos de Lotería de Navidad a través de internet. En ese caso, el décimo online debe corresponderse siempre con el décimo real, que la empresa online reserva a tu nombre. Una vez realizada la compra por internet se envía un correo de confirmación como comprobante de la compra que ha de estar corroborado por la Fábrica Nacional de La Moneda y timbre. Cabe destacar que este email tiene la misma validez que un décimo físico. Especialistas de DAS Seguros recomiendan seguir tres pasos para evitar cualquier tipo de estafa.

  • La Lotería del Sorteo Extraordinario de Navidad 2018 debe comprarse en sitios online autorizados.
  • Comprobar siempre que el décimo lleva los correspondientes logotipos y códigos para probar su autentificación.
  • Hay que asegurar que la dirección empieza por https:// o que tiene un candado o una llave al pie.

Hacienda también cobra

Si el premio supera los 40.000 euros, el ganador no se lo quedará todo, sino que deberá tributar un 20% que el premiado no llegará a percibir. Entre los años 2013 y 2017, el mínimo exento era de 2.500 euros, y éste ha ido aumentando progresivamente hasta los 40.000 euros en 2020. Si el premio se comparte, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.

Ojo con las estafas

Los robos de décimos de la Lotería de Navidad o la venta de participaciones falsas no son fenómenos inusuales. De este modo, lo que debería ser un motivo de felicidad puede causar un conflicto que resolver en los tribunales. “Alterar un décimo o vender una participación sabiendo su invalidez está penado por el Código Penal”, advierten los especialistas de DAS Seguros cuyo delito, también, aseguran que puede llegar a suponer una pena de prisión desde los seis meses hasta los tres años.  Por último, desde DAS Seguros aconsejan contratar un equipo de asesores legales y financieros en caso de ganar premios de grandes cantidades, para así evitar cualquier tipo de fraude o complicación.