Redacción ‘MS’- La Asamblea General del Instituto de Actuarios de España, celebrada el 15 de junio de 2026, ha aprobado por unanimidad de los participantes el nuevo Código de Conducta, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027, así como las cuentas anuales y el presupuesto de 2026. Así lo detalla el Instituto a través de un reciente comunicado.
El Código de Conducta Profesional es el marco de referencia que define los comportamientos éticos y profesionales exigibles a los actuarios, constituyendo el pilar de la deontología profesional que tienen las profesiones colegiadas. Se trata de un instrumento de autorregulación que fija los cinco principios que deben guiar la actuación profesional: Integridad, Competencia y Diligencia, Cumplimiento, Imparcialidad y Comunicación.
El Instituto de Actuarios de España, como colegio profesional de ámbito nacional para la profesión de Actuario de Seguros, desempeña una función deontológica esencial, reconocida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, que le atribuye la ordenación del ejercicio de la profesión y la defensa de los intereses de la profesión y de sus profesionales. La deontología profesional se concreta en normas vinculantes y exigibles recogidas en códigos deontológicos de obligado cumplimiento, cuya supervisión y sanción corresponde precisamente a los colegios profesionales.
La adopción del Código Deontológico la AAE consolida el Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (MRA) que permite a los actuarios del Instituto de Actuarios de España colegiarse en otras instituciones europeas firmantes. En España, al MRA solo pueden acceder quienes, además de cumplir el requisito formativo de tener el título habilitante validado por el Instituto de Actuarios de España conforme al Core Syllabus europeo, puedan acreditar su formación continua CPD, su experiencia profesional y el cumplimiento de los estándares éticos y deontológicos exigidos por la AAE.
Las novedades más importantes
La revisión introduce cambios respecto al texto en vigor, manteniendo inalterados los cinco principios. Los dos cambios más relevantes son el deber del actuario de alertar a su empleador o cliente cuando detecte conductas no éticas, ilegales o no conformes en el ejercicio de su trabajo; y la obligación de evaluar si son necesarias aportaciones de otros especialistas para garantizar la calidad de su trabajo.
























































