Por Isidre Martínez Ivars, Actuario, Economista y
Consejero Delegado de Selling Consult.
El mundo viaja hacia una sociedad del aprendizaje que será de por vida, pues vivimos en una era de cambios muy importante que, a la vez, pueden asustar, pero también ilusionan. Por todo ello, el acelerado y profundo movimiento de transformación en el que hemos entrado, nos obliga a replantear la formación de como un proceso continuo en nuestro desarrollo profesional. Para lograr un trabajo profesional cualificado y mantenerlo, la formación durante toda la vida será imprescindible.
«El objetivo de un Programa CPD, es pues, desarrollar los conocimientos y las capacidades técnicas y personales de los profesionales, a lo largo de toda su carrera profesional».
Una vez obtenido el Certificado de Nivel 1, Nivel 2 y Nivel 3 (antes Grupo A, B y C) por los Distribuidores de Seguros (Aseguradoras, Reaseguradoras, Mutuas, Brokers, Corredores, Agentes, OBS, etc…), es preciso actualizar los conocimientos adquiridos a través de la Formación Continua, que deberá realizarse cada año, después de la Certificación de la Formación de Inicio.
En el artículo11 del Real Decreto 287/2021, sobre formación de los distribuidores de seguros y reaseguros se establecen las Obligaciones de formación continua:
- Los distribuidores de seguros y de reaseguros, así como el personal relevante de los distribuidores de seguros y de reaseguros a que se refiere el artículo 7, deberán garantizar una formación continua.
- La formación continua obligada para las personas comprendidas en los niveles 1 y 2 del artículo 7.1 tendrá una duración mínima de 25 horas lectivas anuales.
- La formación continua obligada para las personas comprendidas en el nivel 3 del artículo 7.1 tendrá una duración mínima de 15 horas lectivas anuales.
- La obligación de formación continua anual se aplicará a partir del año siguiente a aquel en el que se hubiese accedido al ejercicio de la actividad de distribución.
Además en la Resolución de 3 de junio de 2021, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, se establecen los principios básicos de los cursos y programas de formación para los distribuidores de seguros y de reaseguros:
- Requisitos de la formación continua para el ejercicio de las funciones de las personas que participan en la distribución de seguros y de reaseguros. Para cada período anual al que se hace referencia en el artículo 11 del Real Decreto 287/2021, de 20 de abril, los distribuidores de seguros y de reaseguros deberán garantizar que tanto ellos como el personal relevante adquieren una formación continua.
- A estos efectos, elaborarán una memoria en la que se recoja el contenido de los programas de formación continua, su duración y las personas que han recibido esta formación. Tal memoria estará a disposición de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
¿Quién, Qué y Cuándo deben realizar Formación Continua?
Acceso a la información a través del siguiente enlace.
Principales Recomendaciones
En base a lo anteriormente expuesto, recomendamos a los Distribuidores de Seguros inicien cuanto antes las siguientes acciones:
- Recordar que los Responsables de Distribución Nivel 1, antes Grupo A, o Titulo de Mediador de Seguros, también están obligados a realizar la Formación Continua, de, al menos 25 horas/año, y Certificada.
- Revisar entre los empleados quien posee el Certificado de la Formación de Inicio y en qué Nivel (1,2,3)
- Recordar que antes de Abril 2022, los Certificados Grupo C deben actualizarse a Nivel 3
- Planificar con los equipos el plan de Formación Continua para 2022
- Elaborar la Memoria de Formación Anual (F. de Inicio + F. Continua) a disposición de la DGSFP
- Como resulta un tanto complejo diferenciar claramente entre Venta Asesorada y Venta Informada, estimamos más operativo realizar siempre que sea posible el Nivel 2 a los empleados
- Aprovechar los Saldos Disponibles en FUNDAE (antes Fundación Tripartita) que todas las empresas tienen, pues si no se utilizan, se pierden.