Redacción Muy Segura.- La reforma de la Ley de Dependencia y Discapacidad, que entra en vigor el 23 de octubre, refuerza la protección jurídica de las personas con discapacidad o movilidad reducida y facilita la ejecución de obras de accesibilidad en las comunidades de propietarios.
El cambio llega en un contexto especialmente relevante: en España hay más de 2,4 millones de personas con movilidad reducida y solo el 3% de los cerca de 9,8 millones de edificios residenciales ofrece un recorrido completamente accesible desde la calle hasta la puerta de la vivienda, según datos de la Fundación Mutua de Propietarios.
“El reconocimiento por ley de la importancia de la accesibilidad para mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y movilidad reducida supone todo un hito para la inclusión de este colectivo y, a la vez, pone de manifiesto el importante reto que la sociedad tiene por delante a la hora de adecuar el parque inmobiliario”, señala Cristina Pallàs, directora de la Fundación Mutua de Propietarios.
La realidad todavía refleja importantes dificultades. Según la Fundación, más de 100.000 personas no pueden salir nunca de su hogar por problemas de accesibilidad y alrededor de 1,8 millones necesitan ayuda de terceros para hacerlo. Además, su I Barómetro de la Accesibilidad señala que el 61% de las comunidades no tenía previsto acometer obras en este ámbito durante el próximo año.
Más facilidades para acometer las obras
Expertos de onLygal, compañía especializada en soluciones legales perteneciente al Grupo Mutua Propietarios, destacan que una de las principales novedades de la reforma afecta a la Ley de Propiedad Horizontal y busca facilitar la eliminación de barreras arquitectónicas.
La normativa ya contemplaba determinadas obras obligatorias cuando fueran necesarias para personas con discapacidad o mayores de 70 años. Ahora se refuerzan los mecanismos para hacer efectivo este derecho, incluyendo una mayor vinculación con las ayudas públicas disponibles.
Entre otros cambios, cuando el solicitante informe a la comunidad de la existencia de convocatorias de subvenciones a las que pueda acogerse, la comunidad deberá solicitarlas. Además, el porcentaje de ayudas concedidas que permite exigir la ejecución de las obras sin aplicar los límites económicos habituales se reduce del 75% al 70%.
La reforma reconoce también expresamente la posibilidad de acudir a los tribunales cuando una comunidad incumpla sus obligaciones en materia de accesibilidad.
Financiación para facilitar la ejecución
Otro de los aspectos destacados es la financiación de las actuaciones.
La norma contempla un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal, con líneas destinadas a facilitar la adaptación de edificios existentes y la eliminación de barreras físicas y cognitivas.
Cuando una comunidad recurra a financiación bancaria para realizar estas obras, el coste podrá distribuirse durante el periodo que permitan las condiciones financieras disponibles, de manera que el desembolso anual de los propietarios no supere determinados límites establecidos sobre los gastos comunes.
Además, si el coste excede esos límites, la obra podrá seguir teniendo carácter obligatorio cuando la persona o personas que la hayan solicitado asuman el importe adicional.
La falta de acuerdo vecinal no siempre podrá frenar una actuación
La reforma mantiene el principio de que determinadas obras obligatorias de accesibilidad no requieren la aprobación previa de la junta de propietarios y amplía los supuestos en los que pueden ejecutarse sin votación.
“Esta reforma refuerza, con una base jurídica sólida, los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida, pero también es importante que los propietarios conozcan qué obligaciones tienen sus comunidades y bajo qué requisitos deben acometer las obras de accesibilidad”, explica Natàlia Mañas, abogada de onLygal.
La especialista subraya que “la falta de acuerdo entre vecinos ya no puede ser en todos los casos un impedimento para garantizar estos derechos”.
La regulación presenta particularidades en Cataluña, donde las comunidades de propietarios se rigen por el Libro V de su Código Civil y por su propio Código de Accesibilidad. No obstante, los expertos consideran que la reforma estatal puede contribuir también a reforzar futuras políticas de financiación y apoyo destinadas a eliminar barreras arquitectónicas.

