La sentencia del Supremo abre camino para considerar a los ‘riders’ como asalariados, según ARAG

Redacción ‘MS’- El Tribunal Supremo da un gran paso para que finalice la controversia judicial sobre la condición laboral de los ‘riders’ con la sentencia declarada sobre el modelo de negocio de Glovo. La Sala de lo Social del Supremo explica que la compañía utiliza repartidores que no tienen una organización empresarial “propia y autónoma y que prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador”.

“Esto implica que estos trabajadores son asalariados de la empresa y no autónomos, y que, por tanto, deberían ser dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social”,

Sonia Sánchez, abogada de ARAG. 

El Tribunal Supremo considera que estos repartidores no disponen de una organización empresarial propia y que prestan sus servicios dentro de la organización de trabajo de las plataformas. Además, para el Tribunal Supremo los ‘riders’ tienen características propias de una relación laboral por cuenta ajena, como la dependencia y la ajenidad.

“Es la empresa la que fija las condiciones del servicio que tienen que prestar y no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores. Además, es la titular de la plataforma digital, que es la que permite la realización de esa actividad”.

Sonia Sánchez, abogada de ARAG. 

La decisión puede repercutir en casos de otras empresas de servicios similares y abre camino para que, en la normativa que prepara el Gobierno para las condiciones de los repartidores de plataformas, estos sean considerados asalariados. Se reafirma así la posición que ya indicaba la ministra de trabajo, Yolanda Díaz, sobre el enfoque de la nueva ley.

Puesto que esta sentencia puede implicar el inicio de toda una regulación por ahora inexistente sobre este tipo de trabajadores, es muy importante que los repartidores de empresas de servicios digitales se mantengan al día de las decisiones legales que pueden marcar su futuro laboral. Para ello, el asesoramiento legal es imprescindible, puesto que sin un conocimiento de la situación de la normativa no se pueden reclamar situaciones injustas o ilegales.