Regina Gilabert (ARAG)

¿Qué debo hacer cuando fallece mi mascota?

Regina Gilabert (ARAG), nos explica qué hacer cuando nuestro animal de compañía nos deja.

La pérdida de un animal de compañía es un momento difícil. Además de afrontar el duelo, la familia debe decidir cómo despedirse y cumplir una serie de trámites para garantizar que los restos reciben un destino autorizado. Algunas personas prefieren una ceremonia íntima; otras conservan una urna, una huella o un objeto conmemorativo. Lo importante es elegir una opción respetuosa y permitirse transitar el duelo con el apoyo de las personas cercanas.

Existen dos modalidades principales. En la incineración individual, el proceso se realiza exclusivamente para una mascota y las cenizas se entregan después a la familia, normalmente en una urna. En la incineración colectiva, varios animales son incinerados conjuntamente y las cenizas no se devuelven de manera individualizada. Esta segunda alternativa suele ser más económica.

En general, no se puede enterrar una mascota por cuenta propia en jardines, parcelas, terrenos privados o espacios naturales. La gestión de los restos animales está sujeta a requisitos sanitarios y medioambientales, por lo que debe realizarse a través de canales autorizados, como crematorios o cementerios de mascotas habilitados.

Estas medidas buscan evitar riesgos para la salud pública y prevenir la contaminación del suelo o de las aguas subterráneas. Los cementerios de animales autorizados permiten realizar el sepelio conforme a las condiciones exigidas y disponer de un lugar permanente para el recuerdo.

¿Qué trámites debo realizar?

  • Comunicar el fallecimiento al veterinario. Puede emitir el certificado correspondiente y tramitar telemáticamente la baja del microchip en el registro autonómico.
  • Gestionar el pasaporte o cartilla sanitaria. Conviene llevarlo al centro veterinario para cerrar el historial o conservarlo junto con el certificado de incineración.
  • Dar de baja al animal en el censo municipal. Este trámite puede ser obligatorio según el ayuntamiento y resulta especialmente relevante si el animal estaba sujeto a una licencia específica.
  • Conservar el certificado de destino final o de incineración. Sirve para acreditar que el cuerpo ha sido gestionado legalmente y puede ser solicitado por registros, administraciones o aseguradoras.
  • Informar a la aseguradora. Así podrán cancelarse las pólizas vinculadas al animal y comprobar si incluyen la cobertura de los gastos de incineración.

Gestionar correctamente el fallecimiento de una mascota no es solo una obligación legal: también es una forma de reconocer el lugar que ha ocupado en la familia. Elegir un servicio autorizado, realizar las bajas necesarias y conservar la documentación permite evitar problemas posteriores y garantizar una despedida digna.