Cómo recibir el patrimonio entre padres e hijos a través de pactos sucesorios

Por Itziar Pernia, socia fundadora de Legal por Naturaleza

En Legal por Naturaleza sabemos que el reparto de la herencia es un momento de intensidad y conflicto familiar, por ello el pacto sucesorio viene a dar respuesta a esta situación repartiendo la herencia en vida de forma irrevocable frente a los demás herederos e incluso terceros.

«Debemos tener en cuenta que esta fórmula para repartir la herencia entre herederos directos ( de padres a hijos) , no es viable en todo el territorio nacional sino que solamente se admite en las siguientes Comunidades Autónomas Aragón, País Vasco, Cataluña y Galicia».

Para ponernos en situación y entender esta alternativa, primero tenemos que conocer lo siguiente:

¿Qué es un pacto sucesorio?

Se puede definir el pacto sucesorio como un contrato entre dos partes que limita las facultades de disposición mortis causa. En definitiva, el pacto sucesorio es una forma de dejar repartida la herencia sin necesidad de utilizar la donación por ejemplo.

La persona a cuyo favor se hace el pacto sucesorio puede recibir el bien en el momento en que se firma el pacto o en un momento posterior, además, se le pueden imponer condiciones tales como el mantenimiento del bien ( vivienda) o el cuidado del otorgante del pacto ( padre/madre).

El principal problema es que solo se aplica en algunas comunidades autónomas (ya que el Código Civil, regulador del derecho común, no permite este tipo de pactos). El pacto sucesorio se aplica solamente en Aragón, País Vasco, Cataluña y Galicia.

Partamos del siguiente ejemplo para entender mejor la figura:  

Un padre, con residencia en Pontevedra, adquiere una vivienda en 2017 por 200.000 euros y en 2022  se la entrega a su hija mediante pacto sucesorio que firman ambos.

Diferencia entre el pacto sucesorio y la herencia

«La principal diferencia entre un pacto sucesorio y una herencia es que el pacto se puede modificar por acuerdo entre las partes, mientras que la herencia podrá ser modificada unilateralmente por el testador».

Por lo tanto, salvo que las dos partes del pacto se pongan de acuerdo, este es irrevocable. En el ejemplo que hemos visto, salvo que padre e hija se pongan de acuerdo, no se podrá modificar el pacto sucesorio.

Otra gran diferencia entre el pacto y la herencia es que el pacto sucesorio permite entregar la herencia en vida a los herederos antes del fallecimiento, por lo tanto, es un adelanto de la herencia que pueden empezar a disfrutar y rentabilizar.

Efectos del pacto sucesorio

Con carácter general, podemos establecer los siguientes efectos del pacto sucesorio:

  • Permite a un padre o madre atribuir un bien concreto a un hijo. En el ejemplo que nos ocupa el padre atribuye una vivienda a su hija.
  • Impide que existan desavenencias entre los familiares directos del causante. Si, por ejemplo, el padre tiene otro hijo, el pacto sucesorio inscrito impedirá que existan conflictos entre los hermanos.
  • Se puede inscribir en el registro de actos de última voluntad y en el registro de la propiedad de forma que se proteja la atribución en el futuro del bien cuando fallezca el causante si existen problemas entre los herederos. Esto es, no puede ser reclamado por el resto de herederos ya que le fue otorgado y entregado en vida del causante (fallecido). En el caso en que no se inscriba en los Registros públicos mencionados anteriormente, no tendrá eficacia frente a terceras personas.
  • Ofrece una mayor seguridad ya que no puede ser revocado a menos que ambas partes ( padre e hijo que firmaron el pacto lo modifiquen) que una donación puesto que la donación puede ser revocada, lo mismo ocurre con los legados de un bien determinado que también pueden ser revocados.
  • Ahorro en el pago de impuestos, aunque es aconsejable atender al caso concreto para calcular si la donación o el pacto sucesorio es el más interesante para que los herederos reciban los bienes.

Si has llegado hasta aquí, habrás visto que hay otras alternativas legales para heredar sin disputas familiares, rentabilizando el patrimonio heredado y obteniendo ventajas fiscales.