El 22 de diciembre habrá un nuevo grupo reducido de agraciados en la Lotería de Navidad. Pero ¿qué ocurre cuando el ganador fallece? Melisa Sáez, abogada de ARAG, nos lo aclara.
¿Cuánto se queda habitualmente Hacienda por el premio de la Lotería de Navidad?
Hasta los 40.000€ los premios no tributan y no tienen impuestos, por lo que recibiremos el importe íntegro.
Esto significa que solo mantienen la obligación de tributar por la diferencia el Gordo, el segundo y el tercer premio. A partir de estos 40.000€, hay una retención automática del 20% en el momento del cobro, por lo que en la próxima Declaración de la Renta no es necesario añadir nada.
En el Gordo de Navidad (400.000€ el décimo), se tributará por 360.000: el premiado se quedará con 328.000€ y Hacienda con 72.000€. En el segundo premio, (125.000€), el agraciado se quedará con 108.000€; mientras que en el tercer premio (50.000€), el premiado recibirá 48.000€ y 2.000€ serán para Hacienda.
«En el Gordo de Navidad (400.000€ el décimo), se tributará por 360.000: el premiado se quedará con 328.000€ y Hacienda con 72.000€».
¿Qué pasa cuando fallece el ganador de un premio como el de la Lotería?
Cuando una persona fallece, el premio pasará a sus herederos legales.
¿Cómo se puede recibir esa herencia?
En el caso de que el boleto premiado estuviese depositado en una Administración de Lotería, los herederos tendrán que acreditar su derecho y que tienen el título de heredero a través de la escritura de aceptación de herencia.
¿Tendrán que pagar a Hacienda?
Sí, deberán tributar por el impuesto de sucesiones. El impuesto de sucesiones se calcularía en base a la llamada “masa hereditaria”. Es decir, el premio se suma al resto de bienes que se heredan. Si el heredero o heredera son hijos o cónyuge, tendrán una reducción de 100.000 euros. Sobre el resto se aplicará un porcentaje, que será mayor cuanto más se herede.
«El impuesto de sucesiones se calcularía en base a la llamada “masa hereditaria”. Es decir, el premio se suma al resto de bienes que se heredan».
¿Y si se quiere donar el posible premio en vida?
En el caso de querer donar en vida el premio a un hijo o hija, habría una doble tributación: el IRPF (retención del 20% habitual al recibir un premio a partir de 40.000 euros) y el Impuesto de Donaciones.
¿Cuánto sería este impuesto?
Los impuestos de donaciones varían considerablemente según la Comunidad Autónoma. Dependiendo del territorio, la fiscalidad puede ir desde la exención o bonificaciones muy elevadas en determinadas regiones, hasta la aplicación de tipos impositivos significativos en otras. Por ello, es fundamental consultar la normativa autonómica correspondiente para conocer el tratamiento fiscal concreto aplicable a cada caso.
«Los impuestos de donaciones varían considerablemente según la Comunidad Autónoma».
¿No hay una solución más práctica?
Sí, claro. Si hay una intención clara de donar el premio a un hijo o hija, el propietario del décimo premiado puede entregárselo antes de cobrarlo para evitar esta doble tributación.























































