¿Cómo debemos actuar ante el ciberbullying?

Marina Barriendos, abogada de ARAG

El ciberbullying se produce cuando una persona menor, adolescente o joven es acosada de manera constante por parte de su entorno social, que suele tener su misma franja de edad por medios tecnológicos (Instagram, WhatsApp e incluso videojuegos online). El sufrimiento que causa puede llegar a ser insoportable en las victimas que son acosadas permanentemente, 24 horas y 7 días a la semana por Internet.

«Si eres la víctima, lo primero es poner en conocimiento de alguien de nuestra confianza lo que nos sucede y, en caso de que no sean nuestros progenitores o tutores, hacerlo con ellos después. No hay que pensar que merecemos lo que nos sucede o que debemos ocultarlo: el sentimiento de culpa es propio de las víctimas de delitos de acoso o violencia, pero no debe dominarnos».

Una vez que hemos decidido tomar las riendas o somos las personas de confianza de la víctima (progenitores o tutores), es importante actuar. El acoso no se resuelve ni diluye solo, hay que afrontarlo.

  1. Ponerlo en conocimiento de la dirección o de la Inspección educativa. Si los acosadores pertenecen al centro educativo al que acude la víctima, hay que ponerlo en conocimiento por escrito de la dirección para que active protocolos. En caso de que la respuesta no sea fructífera o adecuada a las necesidades de la víctima, se ha de elevar a la Inspección educativa mediante una instancia escrita.
  2. Guardar pruebas.
  3. No anunciar la denuncia a los acosadores. Todo lo contrario, estaremos en silencio y certificaremos los mensajes o donde quede reflejado el acoso que la víctima haya recibido y siga recibiendo en ese momento por medio de certificadores de contenido digital. Encontraremos varios en internet autorizados para la vía judicial.
  4. Solicitar el bloqueo de los acosadores en el entorno online y denunciar. Una vez tengamos la prueba asegurada es cuando solicitaremos a las webs, aplicaciones o redes sociales el bloqueo de esa persona, de su perfil o del contenido. Y, sobre todo, denunciaremos. Es importante, pedir una orden en la que se imponga la prohibición de comunicación con la victima por parte de los acosadores.
  5. Apertura del procedimiento judicial para menores entre 14 y 17 años. Una vez interpuesta la denuncia se abrirá procedimiento judicial contra los culpables. Si están entre los 14 y los 17 años, se tramitará a través de la Fiscalía de menores. Si los culpables no aceptan su responsabilidad y una medida judicial, se irá a juicio donde el juez de menores será quien impondrá la sentencia oportuna con condenas que pueden ir desde la libertad vigilada hasta el internamiento del menor en un centro de menores.
  6. Demanda civil para los agresores menores de 14 años. Si los agresores son menores de 14 años se interpone demanda civil para reclamar las lesiones psicológicas de la víctima a sus progenitores y/o tutores, que son sus responsables civiles, ya que hasta esa edad no son penalmente responsables.

«Recordamos que el teléfono contra el acoso es el 900 018 018. En él hay psicólogos especializados apoyados por trabajadores sociales y abogados. Es gratuito, confidencial, anónimo y atiende las 24 horas todos los días del año».