Los seguros de alquiler, una apuesta a la incertidumbre inflacionista

Por Cristina González, directora de Administración de ARAG

Los tipos de interés están subiendo y esto podría frenar la inversión de muchos jóvenes en la compra de un inmueble, sobre todo, si para realizar dicha operación necesitan de la financiación a través de un préstamo hipotecario.

El Banco Central Europeo (BCE) no tiene un control sobre la inflación, pero lo cierto es que cuando se decide bajar o subir los tipos de interés es precisamente para combatirla. Es decir, la política monetaria empleada fluctúa en la misma dirección, por lo que al subir la inflación se incrementan también los tipos de interés, con el principal objetivo de ralentizar la economía, gastando o consumiendo menos, para que de esta manera haya a su vez más demanda y que los precios puedan contenerse y no crezcan tanto. Todo este panorama nos lleva a que, por ejemplo, si se precisa pedir dinero prestado a un banco para la compra de un inmueble, éste cueste más devolverlo. Por este motivo surge una vez más la duda de si ante las presiones inflacionarias actuales es mejor esperar a ver cómo evoluciona el mercado hasta su estabilización y, mientras tanto, optar por el arriendo de un inmueble en lugar de la compra sujeta a la financiación de un banco.

Cierto es que, ante el actual contexto y de apostarse por la compra de una propiedad sujeta a la financiación con la firma de una hipoteca, la alternativa que conviene barajar es el pactar con la entidad bancaria un tipo de interés fijo en el préstamo hipotecario, garantizando de esta manera la tranquilidad y seguridad del gasto mensual que se deberá afrontar durante toda la vigencia de la hipoteca y sin caer así en una morosidad. Otra dificultad que debe valorarse es si los jóvenes que quieren acceder a la titularidad de un inmueble disponen, en la actualidad, del ahorro suficiente para que les sea concedida una financiación a través de una hipoteca, ya sea con un tipo variable, fijo o inclusive mixto. Los bancos no prestan todo el dinero que cuesta una vivienda, sino que financian, como máximo entre el 70 o el 80 % del valor de la compraventa o de la tasación, en función a si es o no primera vivienda. Además, en la inversión del ahorro para hacer frente a la operación inmobiliaria de compra hay que incluir otros gastos, como las costas notariales, registrales, los impuestos, el coste de otros productos que se contratan con la hipoteca, como es por ejemplo un seguro de vida, entre otros desembolsos, como el pago de las cuotas comunitarias mensuales o las derramas extraordinarias que pudieran producirse si el inmueble que se adquiere forma parte de una comunidad de propietarios.

«Cierto es que, ante el actual contexto y de apostarse por la compra de una propiedad sujeta a la financiación con la firma de una hipoteca, la alternativa que conviene barajar es el pactar con la entidad bancaria un tipo de interés fijo en el préstamo hipotecario, garantizando de esta manera la tranquilidad y seguridad del gasto mensual que se deberá afrontar durante toda la vigencia de la hipoteca y sin caer así en una morosidad».

No cabe duda de que la estabilidad laboral, la movilidad, los gastos medios familiares, el tipo de inmueble y la zona geográfica donde se desea residir, entre otras circunstancias personales o particulares son las que influirán a la hora de tomar la decisión entre la compra o el alquiler de una vivienda. Pese a ello, cabe señalar que el mercado inmobiliario de alquiler va a seguir teniendo un papel muy importante en nuestro país, pues la demanda sigue en aumento y probablemente el contexto actual inflacionista propiciará a su continuo crecimiento. Además, y como es sabido, la inflación no solo se traduce en una subida de los tipos de interés, sino también en un encarecimiento del coste de la vida en general, ya que las materias primas, como el petróleo o la energía, ya cuestan más dinero. Asimismo, cabe señalar también que algunos sueldos no tienen contemplados en sus convenios colectivos las respectivas revisiones anuales por el IPC, lo que dificulta aún más el hacer frente al encarecimiento de precios para aquellos que tienen congelados esos salarios, afectando de lleno a la economía doméstica familiar y, por consiguiente, a su capacidad de ahorro.

«Como es sabido, la inflación no solo se traduce en una subida de los tipos de interés, sino también en un encarecimiento del coste de la vida en general, ya que las materias primas, como el petróleo o la energía, ya cuestan más dinero».

Es por ello por lo que, ante el temor de impagos de las rentas de alquiler y con el fin de garantizar una mayor tranquilidad y, por ende, cierta seguridad jurídica a los propietarios de inmuebles que deciden arrendar sus viviendas o locales, estos optan por protegerse con la contratación de los cada vez más conocidos seguros de impago de alquiler, quedando de esta manera garantizado el cobro de las mensualidades o las rentas de alquiler que deben abonar sus arrendatarios. Además, estos productos aseguradores pueden incluir otras coberturas como, por ejemplo, el pago de una indemnización por actos vandálicos, así como los gastos de cerrajería o la reclamación en contratos de reparación o mantenimiento del inmueble objeto de alquiler. También, si se desea, se puede incluir la cobertura de las deudas de suministros del inquilino moroso, así como la recuperación de las mensualidades perdidas por un incendio o una explosión. Sin duda, lo que está claro es que el abanico de lo que pueden incluir estos productos aseguradores es muy amplio, minimizando así la incertidumbre progresiva generada por el escenario de crecimiento inflacionista.

«Ante el temor de impagos de las rentas de alquiler y con el fin de garantizar una mayor tranquilidad y, por ende, cierta seguridad jurídica a los propietarios de inmuebles que deciden arrendar sus viviendas o locales, estos optan por protegerse con la contratación de los cada vez más conocidos seguros de impago de alquiler, quedando de esta manera garantizado el cobro de las mensualidades o las rentas de alquiler que deben abonar sus arrendatarios».

La opción de proteger tanto las viviendas como los locales que se encuentran en alquiler durante toda vigencia de los contratos de arrendamiento es sin duda una solución a los problemas que también podrían producirse con la subida de los precios generada por la inflación. De hecho, un impago de rentas también supone un coste inesperado por la reclamación que deberá activar su propietario. También, genera gastos y “dolores de cabeza” el tener que tramitar un desahucio o reclamar los desperfectos que puedan encontrarse en un inmueble tras el lanzamiento y la posterior recuperación de la propiedad. Lo mismo ocurre si un piso o local ha sido ocupado de forma ilegal.  Estos seguros asumen no solo el pago de la renta de alquiler, sino que te proporcionan la asistencia jurídica de un abogado experto que se encargará de prestar el asesoramiento u orientación legal necesaria, activando además la correspondiente reclamación judicial o la defensa de los derechos como arrendador, si esto fuera preciso. Sin duda, la incertidumbre que genera la inflación queda más controlada con este tipo de productos aseguradores especializados, que además como ya he referenciado, ofrecen cierta tranquilidad, pues adicionalmente y antes de formalizar el seguro y el  contrato de alquiler, se efectúa un estudio de idoneidad del arrendatario, con el objetivo de verificar si la operación inmobiliaria que se pretende realizar puede o no generar un riesgo de incumplimiento del pago de la renta pactada.